CAMBIHENARES
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27-02-16

Los estados expiran por diversos motivos. Quizás sea importante preguntarse si su desaparición sigue patrones observables, sujetos a algún tipo de análisis, por tímido que sea.

Las patologías políticas se han manifestado históricamente bajo formas tales como “revolución” ó “cambio de régimen”. Pero en tales términos tanto el territorio como la población del Estado permanecen generalmente intactos.  Sin embargo, bajo el término “fracaso del sistema” se hace referencia a organismos políticos que pierden la capacidad de funcionar con eficacia, aunque no se vengan abajo del todo. Puede ser, no obstante, el preludio de la destrucción de un estado. 

Aristóteles pensaba que los Estados, como cualquier otra forma de vida natural, podrían estar sujetos a los ciclos de nacimiento y muerte. Rousseau en “El contrato social” opinaba de forma semejante; “si Roma y Esparta han perecido, ¿qué Estado podría esperar subsistir para siempre?”.  “El cuerpo político, al igual que el cuerpo del hombre, comienza a morir desde su nacimiento y lleva en sí mismo las causas de su destrucción [...] El Estado mejor constituido morirá”. 

Teólogos y biblistas cristianos no han dejado de ocuparse de la caída de los Estados con explicaciones basadas en la divina providencia o en la ira de Dios. El Antiguo Testamento y el Apocalipsis recogen una amplia muestra del fin del orden mundial existente y del advenimiento de una “Nueva Jerusalén”, consecuencia directa de la incapacidad del ser humano de gobernarse a sí mismo. 

En el siglo XIX anarquistas como Proudhon o Bakunin fueron los primeros en postular que la “destrucción del Estado” era algo admisible. Los marxistas y el propio Marx negaron que uno de sus objetivos fuera la destrucción completa del Estado. pero Lenin, en su “El Estado y la revolución (1917)” llamó abiertamente a la destrucción del Estado burgués como preludio a la dictadura del proletariado. 

En el siglo XX los estudiosos en derecho internacional acuñaron el término en inglés de “extinction of states” ó “extinción de los estados”. En los debates que se produjeron se llegó a la conclusión de que ya no existe la terra nullius (”tierra de nadie”) y que la extinción de los estados preexistentes era una condición previa a la creación de nuevos estados. 

El éxito en la constitución de un Estado es, de hecho, una rara bendición. Requiere prosperidad y rigor, buena suerte, vecinos benévolos y cierto rumbo que le ayude a medrar y a alcanzar madurez. Todas las entidades políticas han pasado por este examen y las que fallaron la prueba han expirado sin dejar huella. 

La liquidación es un concepto fácil de comprender en el derecho empresarial,y no hay razones para no aplicarlo, de forma semejante, a la “empresa política” o entidad estatal. 

La cuestión más delicada consiste en determinar qué liquidaciones son verdaderamente consentidas y cuáles no. Muchas de ellas no lo son. Un ejemplo claro es el “divorcio de terciopelo” en la división de la antigua Checoslovaquia en dos nuevas repúblicas, consentido en 1993. Desde entonces, tanto la República Checa como la de Eslovaquia son estados soberanos y buenos vecinos dentro de la Unión Europea.

Existe, no obstante, otra categoría que podría definirse como el equivalente político de la mortalidad infantil. Para sobrevivir, los estados recién nacidos precisan de un conjunto de órganos internos viables, un ejecutivo que funciones, fuerzas de defensa, un sistema de ingresos y un cuerpo diplomático. Si no poseen ninguna de estas cosas, carecen de medios para sustentar una existencia autónoma y perecen antes de poder respirar y florecer. 

La conquista siempre no es preludio de aniquilación, aunque a menudo pueda serlo. Catón puede gritar “Delenda est Carthago” (”Hay que destruir Cartago”), pero no tiene por qué seguirse el consejo. Como decía Rousseau, “es probable que os coman enteros, por ello, deberías aseguraros de que no os digieran”, en referencia a la invasión rusa de los países bálticos en 1940 (Letonia, Lituania y Estonia). Cincuenta años más tarde lograron salir intactas como estados soberanos. 

Es obvio que los factores geopolíticos tienen un papel de peso. Algunos estados, como la Suecia del siglo XVIII o la España del siglo XIX pueden decaer y degradarse hasta el punto de convertirse en un blanco facilísimo para potenciales agresores. Los estados que ocupan espacios más cruciales no tienen tanta suerte. Sobreviven porque nadie se toma la molestia de acabar con ellos. 

La Corona de Aragón es un buen ejemplo. El Estado dual comenzó a existir en 1137 con el contrato matrimonial entre la heredera de Aragón y el heredero del condado de Barcelona. Formalmente, Aragón y Cataluña seguían siendo entidades distintas en 1469 cuando el futuro rey-conde Fernando de Aragón desposó a la infanta Isabel, heredera de Castilla. Pero también lo era el reino de Valencia. Tres unidades territoriales dentro del corazón de la Corona, pese a ser incorporadas a los dominios españoles. La corona de Aragón no se disolvió hasta la conclusión del tratado de Utrecht en 1713. Para entonces, España estaba atrapada en la maraña sucesoria de las dinastías Borbón y Habsburgo.<


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